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El Plan Nacional 5G se pone en marcha sin cumplir los requisitos legales

Telefónica presentó el 22 de enero su proyecto ‘Ciudades tecnológicas 5G’, que va a llevar a cabo en colaboración con Nokia y Ericsson. En esta presentación anunció que esta nueva tecnología comenzará a implementarse en Segovia y Talavera de la Reina como experiencia piloto, convirtiendo entre 2018 y 2020 ambas ciudades «en laboratorios vivos 5G».


  • El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital inicia el proceso de licitación de las bandas de frecuencias 5G. El Plan Nacional del 5G se ha hecho público mediante un comunicado colgado en la web del ministerio el 21 de febrero de 2018.


Ecologistas en Acción muestra su preocupación por el inicio de un despliegue que puede afectar a la ciudadanía y al medio ambiente de Segovia y Talavera de la Reina sin cumplirse previamente los requisitos de evaluación ambiental y evaluación de impacto sobre la salud, llevado a cabo asimismo con total opacidad a pesar de la incertidumbre científica al respecto.


Ninguna administración tiene constancia de que Telefónica haya contratado las pólizas de responsabilidad civil que le permitan afrontar los posibles daños que puedan ocasionarse. El Parlamento Europeo, en su resolución de 2 de abril de 2009, manifestó «su profunda preocupación por el hecho de que las compañías de seguros tiendan a excluir la cobertura de los riesgos vinculados a las radiaciones electromagnéticas de las pólizas de responsabilidad civil, lo que significa claramente que las aseguradoras europeas ya están aplicando su propia versión del principio de cautela».


El Plan Nacional del 5G se ha hecho público mediante un comunicado en la web del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. Pero este formato no tiene norma legal que lo desarrolle ni sede normativa adecuada, lo que impide su control legal por las organizaciones que presentaron sus requerimientos en el proceso de consulta pública.


Es difícil recurrir ante los tribunales un plan y una serie de actos de las administraciones sin valor legal alguno al no estar publicados en el BOE. Esta decisión muestra una ambigüedad calculada que parece camuflar una puesta en marcha al servicio del sector económico de las comunicaciones electrónicas.


El ministerio presentó a finales de 2017 el Plan Nacional 5G. Este plan fue sometido a consulta pública. El 31 de julio de 2017 finalizó el plazo para aportaciones.


Se presentaron 51 aportaciones de empresas, asociaciones, organizaciones y particulares: Ecologistas en Acción, Asociación APQUIRA, EQSDS, Asociación Geográfica Ambiental, APDR, AVAATE, Plataforma Stop Comptadors y Plataforma Estatal contra la Contaminación Electromagnética.


En las propuestas de los particulares y las ocho organizaciones en representación de la ciudadanía y las personas afectadas por la contaminación electromagnética, apoyándose en los argumentos que se presentaron y que quedaron reflejados en el expediente, se pidió que el Plan Nacional 5G sea objeto de las siguientes evaluaciones previas:


  • La evaluación ambiental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.


  • La evaluación del impacto en salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. El artículo 12.2 de dicha ley contempla la vigilancia de salud pública de los riesgos ambientales y sus efectos en la salud, incluyendo específicamente el impacto potencial en la salud de la exposición a emisiones electromagnéticas. Dicha evaluación estará sujeta, entre otros, al principio de precaución, que prevé que «la existencia de indicios fundados de una posible afectación grave de la salud de la población, aun cuando hubiera incertidumbre científica sobre el carácter del riesgo, determinará la cesación, prohibición o limitación de la actividad sobre la que concurran».


Hoy más de 17 agencias gubernativas de salud de diferentes países ya facilitan recomendaciones para minimizar la exposición a campos electromagnéticos (CEM) de radiofrecuencias (RF), especialmente para la población infantil, por considerarla potencialmente más vulnerable. Numerosas asociaciones profesionales (que representan a miles de médicas y médicos) ya aconsejan aplicar el principio de precaución en el ámbito de la exposición a los CEM de RF.


El Parlamento Europeo, en el punto 27 de su resolución de 2 de abril de 2009 sobre las consideraciones sanitarias relacionadas con los campos electromagnéticos, alertó de que «las aseguradoras europeas ya están aplicando su propia versión del principio de cautela al excluir la cobertura de los riesgos vinculados a los CEM de las pólizas de responsabilidad civil».


El Ministerio de Industria, Energía y Agenda Digital ha iniciado el desarrollo del plan de las redes y servicios 5G en España sin cumplir las obligaciones legales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley General de Salud Pública 33/2011 de 4 de octubre. El artículo 12.2 contempla la vigilancia de los riesgos ambientales y sus efectos sobre la salud, incluyendo específicamente el impacto potencial en la salud de la exposición a emisiones electromagnéticas. Se debe aclarar por qué se ha puesto en marcha el Plan Nacional 5G sin que conste que se haya realizado la evaluación del impacto en la salud de la población.


El capítulo III del Título I de la Constitución Española, donde se encuentran los Principios Rectores de la Política Social y Económica, establece que los poderes públicos deben hacer efectivos el derecho a la protección de la salud (art. 43) y el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (art. 45), protegiendo a la ciudadanía de cualquier normativa que pueda menoscabarlos. Ecologistas en Acción exige que estos principios se cumplan.

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